Medidas laborales en tiempos del bicho.

¿Qué a gustito estábamos en clase poniendo ejemplos disparatados sobre la suspensión del contrato de trabajo, verdad?, que si a Adrián se le antojaba dar la vuelta al mundo, que si a Alejandro se le inundaba el negocio, que si a Iván le llamaban para Gran Hermano VIP (o para Supervientes que le pega más)...y en esto que llega el apocalipsis a aplicar de manera cruel suspensiones colectivas a modo de ERTE. Muy pedagógico sí que es, pero tan dramático que no necesitábamos este baño de realidad: éramos tan felices con los ejemplos inventados!. En fin...supongo que algunos en casa habréis podido explicar a vuestras familias en qué situación quedan sus contratos laborales y cuáles son las prestaciones asistenciales a las que pueden tener derecho. Por si te lías o dudas, revisa este documento antes de ponerte chulit@ con tus amigos para explicarles el tema (que sé que te tienen de asesor laboral...por videoconferencia, claro!: #yomequedoencasa...y tú también😉)


(De este post, no hay actividades, pues este tema ya lo vimos en clase, solo es por si necesitas aclaración complementaria. Nosotros seguimos con la Extinción del Contrato...lamentablemente, también es y será de actualidad en las próximas semanas)



Si pinchas en este enlace podrás ver un minireportaje de un minuto y medio para complementar los apuntes.

Actualización a 30 de marzo: "Permiso retribuido recuperable"


7 comentarios:

  1. hola Luis, la empresa de mi padre no ha cerrado pero el prefiere no ir a trabajar porque hay mas compañeros y se pueden contagiar ¿Puede decir a la empresa que se queda en casa hasta que esto pase y cobrar el erte los dias que no vaya a trabajar? Jaime R

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    1. Hola, Jaime ! El ERTE lo solicita la empresa bajo unas condiciones justificadas (en el caso actual de Estado de Alarma por el decreto que regula las actividades que han de cerrar).Si tu padre se va de la empresa porque "prefiere no ir a trabajar" sin más, no quedaría protegido por la figura jurídica de la suspensión del contrato, es decir: sería una extinción por abandono o por dimisión (si existe preaviso), ninguno de esos dos casos de extinción da derecho a solicitar prestación por desempleo.

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    2. Le han dicho que ya no tiene que ir mañana. Gracias crack!!!!!!!!

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  2. El restaurante en que trabaja mi hermano ha cerrado pero no le han dado los papeles para pedir el paro, eso como va?

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    1. La empresa solicita y tramita el ERTE y los trabajadores afectados pasan a cobrar desempleo, tu hermano no necesita ninguna documentación, la solicitud de la prestación va implícita en la autorización del ERTE, es decir, él no tiene que presentar ni Certificado de Empresa ni nada para pedir el desempleo (no ha habido un despido), tan siquiera tienen que tener un periodo mínimo de cotización. Es más, tu hermano no perderá su periodo de cotización anterior por si algún día lo necesitan.

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  3. Buenos días luis!! En mi caso también me ha afectado esta situación. Os explico un poco: Trabajo en un taller en valladolid en el cual no llegan suministros, no viene gente con sus coches, nos han obligado a cerrar las puertas... somos 7 trabajadores, como hay tan poco trabajo han echado en (ERTE) a 3 de nosotros. A mi se me acaba el contrato el día 30 de Abril y no me quieren renovar. De los 4 que estamos solo 2 pagan la seg. Social integra (el chapista y el jefe de taller) de los otros dos, uno es un hombre de 58 años prejubilado, (no paga seg. Social) y luego estoy yo. Que al no haber cumplido mis 2 años de experiencia, mi seg. Social es como “en practicas” y el taller paga menos por tenerme ahí trabajando. No me mandan a casa a través del ERTE porque sino me tienen que hacer indefinido, ya que cumplo el año de contrato y no me podrían despedir porque si lo hacen no les cubre el ERTE estos días que yo no estoy trabajando. Dicho esto, es para que los chavales abran los ojos un poco y vean que muchos jefes se aprovechan de todo lo que esté en su mano con el fin del despido. #quedarosencasayonopuedo

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    1. El Contrato en Prácticas se suele terminar por el plazo establecido (que incluye las prórrogas que pudiera tener). Los talleres mecánicos pueden abrir sin realizar trabajos cara al público, según el Decreto que modifica el Estado de Alarma, por tanto no es obligatorio para la empresa. Cuidate mucho y sobre todo lleva a rajatabla todos los protocolos de PRL. Un saludo, Dani !

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